La Ley N° 27679 de Incentivo a la Construcción Federal y Acceso a la Vivienda extendió el Régimen de Blanqueo para la Construcción, como un incentivo para llevar inversiones a esta industria. ¡Es tu oportunidad de blanquear! Te contamos cómo podés aprovecharla a tu favor.
El régimen aplica para obras privadas con avances de hasta un 50%, justamente para incentivar la mano de obra y la venta de materiales del sector. También entran dentro del blanqueo las ventas de lotes, sin topes de importe y para moneda nacional o extranjera, siempre que el 100% de lo blanqueado se destine a invertir en el proyecto elegido para tal fin. Para poder hacerlo, quien normaliza deberá informar a la AFIP mediante el RIM (Régimen informativo de normalización), antes de los 6 meses de haber aplicado los fondos a un proyecto inmobiliario. Y esos proyectos de construcción deberán estar inscriptos en la AFIP, es decir, deberán ser proyectos habilitados con un N° de COPI (Código de registro de Proyecto Inmobiliario) que hace posible el blanqueo inmediatamente.
¿Qué beneficios tiene toda esta movida para el inversor?
- Estarán exceptuados en el impuesto a loa transferencia de inmueble ITI y en el impuesto a la ganancia
- No obliga a comunicar el origen de los fondos
- Quedan liberados de toda acción civil, tributaria, aduanera e infracciones administrativas
- Estarán eximidos también del pago de impuestos sin necesidad de brindar explicaciones adicionales a la operación en sí misma
¿Cómo podés realizar la normalización de la tenencia de pesos o de moneda extranjera?
Solamente deberás abrir en cualquier banco una Cuenta CECON para depositar allí el importe a blanquear, con fecha límite del 17 de agosto de 2023. Una vez hecho esto, podrás utilizar esos fondos hasta diciembre de 2024. En el caso de blanquear moneda extranjera, podrás cambiarla al dólar MEP para la compra total o parcial para la compra de títulos.
¿Qué pasa con el pago de impuestos?
El único porcentaje que pagará el inversor que blanquea es el siguiente, dependiendo las fechas elegidas para hacerlo, pero vale aclarar que ese importe se pagará desde otra cuenta bancaria, es decir, no se podrá utilizar para el pago, el mismo dinero blanqueado:
- Hasta el 19/11 un 5% mediante el formulario correspondiente, al tipo de cambio oficial, con lo cual terminarás pagando la mitad del MEP.
- Hasta el 17/2/23 el 10%
- Hasta el 17/8/23 el 20%
Una última consideración importante a tener en cuenta es que, en el caso de que algún porcentaje del importe blanqueado en la cuenta CECON sobre al final del proyecto, el mismo deberá aplicarse a algún otro proyecto, dado que es condición fundamental utilizar en construcción el 100% de lo blanqueado.
¿Estás pensando en blanquear y te quedaron algunas preguntas? Nuestro CQ Gales ponto estará inscripto al COPI y podrás sumarte
¡Hacenos llegar tu consulta! Te ayudamos a generar el mejor plan de inversión inmobiliaria.